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Visa para residencia para miembros de órdenes religiosas, traslados a congregaciones en España, para actividad religiosa o completar formación


1.- Original y fotocopia de todas las páginas del Pasaporte, que deberá tener una vigencia mínima de 120 días. Original y fotocopia del DNI, con domicilio en Buenos Aires.

2.- 3 impresos de solicitud de visado cumplimentados y firmados y 3 fotografías fondo blanco tamaño carné (los impresos se facilitan gratuitamente en este Consulado General o pueden descargarse de la página de Internet www.mae.es/consulados/buenosaires )

3.-Certificado de antecedentes penales (Tucumán 1353), expedido en los últimos seis meses, por la autoridad competente del país en el que el interesado haya residido en los 5 años anteriores a la solicitud y legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Arenales 821).

4.- Certificado médico expedido en los últimos seis meses por un médico matriculado, donde se acredite que el interesado no padece ninguna de las enfermedades susceptibles de cuarentena previstas en el Reglamento Sanitario Internacional. Legalizado por el Ministerio de Salud Pública (Lima 340) o Colegio de Médicos (según corresponda)  y Ministerio de Relaciones Exteriores (Arenales 821).

5.- Carta de la Congregación en España, indicando el período de tiempo que va a permanecer el solicitante en dicha institución religiosa y que se hace cargo del alojamiento y manutención.

6.- Carta de la Congregación en Argentina donde indique que el solicitante es trasladado a España para realizar actividades religiosas o de formación.

7- Certificación de Ministerio de Justicia de España donde conste que la iglesia, confesión, comunidad religiosa u orden religiosa que figure inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia.

DE CADA DOCUMENTO ORIGINAL DEBERÁN PRESENTARSE DOS JUEGOS DE FOTOCOPIAS
EL VISADO DEBERÁ RECOGERSE PERSONALMENTE POR EL TITULAR EN EL PLAZO DE UN MES DESDE LA NOTIFICACIÓN DE LA CONCESIÓN

 

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